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DERECHO LABORAL OUT: TRIBUNAL SUPERIOR de Justicia CABA ahora es el MÁXIMO de APELACIÓN

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El proyecto de ley que «coloniza la Justicia Nacional para suprimir Derechos Laborales», tal como lo denunció hace una semana la Corriente de Abogados Laboralistas 7 de Julio que preside el Dr. Gustavo Ciampa, cuando solo era una amenaza y lo rechazó, este jueves 30 de septiembre finalmente fue sancionado en Ley por Legislatura de la Ciudad de Buenos Aires, iniciativa que le permitirá al Tribunal Superior de Justicia (TSJ) porteño revisar causas de juzgados nacionales que tengan sede en la Capital Federal.

En este marco, la mismísima Cámara Nacional de Apelaciones Nº 19 del Trabajo del Poder Judicial de la Nación expresó y resolvió por unanimidad por el Pleno de la Cámara de fecha 29/9/2021 expresar su rechazo a la iniciativa que en horas convirtieron en Ley e inmediatamente poner su resolución al respecto «en conocimiento de la Corte Suprema de Justicia de la Nación, del Consejo de la Magistratura del Poder Judicial y de los demás poderes públicos.

De esta forma, el Superior Tribunal de Justicia de la Ciudad de Buenos Aires intervendrá como máximo tribunal de apelación no solo de las causas laborales, sino de todas las causas, las civiles, comerciales, incluso penales, que se tramitan ante la justicia nacional con sede en la ciudad de Buenos Aires.

LA RESOLUCIÓN DE LA CÁMARA NACIONAL

Buenos Aires, 30 de Septiembre de 2021. Visto y Considerando …
Que esta Cámara expresa su profunda preocupación ante el inminente tratamiento, en el ámbito de la Legislatura de la Ciudad de Buenos Aires, de un proyecto de ley (Expediente nº 1553-D-2021) que habilitaría al Tribunal Superior de Justicia de esa Ciudad a revisar las sentencias emanadas de “los tribunales integrantes de la Justicia Nacional de la Capital Federal”.

Que en caso de aprobarse esa iniciativa, la Legislatura local, con evidente exceso de sus prerrogativas constitucionales, se estaría arrogando la atribución de modificar la ley 48 (de jurisdicción y competencia de los tribunales nacionales) los Códigos Procesales de la Nación y la ley 18.345 (de organización y procedimiento de la Justicia Nacional del Trabajo).

Que ello constituiría un avance hacia el pretendido traspaso de los Tribunales Nacional al ámbito de la Ciudad, por lo que esta Cámara considera oportuno recordar su posición histórica de este tema, expresada en las Resoluciones de fechas 17/12/1996, 7/12/2000, 17/5/2001, 7/4/2016 y 10/4/2019.

Que en dichas oportunidades se señaló que la ley 24.588, dictada en el marco del art. 129 de la Constitución Nacional y de acuerdo con lo previsto en la Disposición Transitoria Decimoquinta, establece en su art. 8 “La Justicia Nacional Ordinaria de la Ciudad de Buenos Aires mantendrá su actual jurisdicción y competencia continuando a cargo del Poder Judicial de la Nación. La ciudad de Buenos Aires tendrá facultades propias de jurisdicción en materia de vecindad, contravencional y de faltas, contencioso-administrativa y tributaria locales”.

Que, en consecuencia, existe una disposición legal clara que precisa los alcances de la autonomía y no es admisible que ninguna iniciativa colisione con dicha ley nacional; esto último sin perjuicio de señalar que la ley 24,588 reviste connotaciones especiales desde el punto de vista institucional.

Que, más allá de cualquier interpretación que pudiera suscitar el art. 129 de la Constitución Nacional, en relación con la autonomía de jurisdicción que se le habría concedido al Gobierno de la Ciudad de Buenos Aires, lo cierto es que se ha dictado la ley a la que alude el segundo párrafo del mencionado artículo y la citada norma impide que se le otorgue validez a todo acto que la contradiga.

Que lo expresado no implica sentar posición alguna acerca del criterio que inspira la ley 24.588, en relación con la interpretación del art. 129 de la Constitución Nacional, sino simplemente afirmar lo obvio: que su imperatividad no puede ser afectada.

Por lo expresado y lo resuelto por unanimidad por el Pleno de la Cámara de fecha 29/9/2021. La Cámara Nacional de Apelaciones del Trabajo Resuelve:
1- Expresar su rechazo a la iniciativa reseñada en los Considerandos.
2- Ratificar la postura por esta Cámara en las Resoluciones ya citadas.
3- Poner esta resolución en conocimiento de la Corte Suprema de Justicia de la Nación, del Consejo de la Magistratura del Poder Judicial y de los demás poderes públicos.

LA SANCIÓN DEL PROYECTO EN LEY

La Legislatura de la Ciudad de Buenos Aires sancionó este jueves 30 de septiembre una ley que le permitirá al Tribunal Superior de Justicia (TSJ) porteño revisar causas de juzgados nacionales que tengan sede en la Capital Federal. El proyecto impulsado por la legisladora de Vamos Juntos María Luisa González Estevarena resultó avalado con 38 votos a favor y 20 en contra.

Desde el Frente de Todos denunciaron que la iniciativa fue creada «a medida» del ex presidente Mauricio Macri para favorecerlo en la causa del Correo Argentino. Además de Vamos Juntos, apoyaron la iniciativa los bloques UCR- Evolución, Partido Socialista y GEN; mientras que optaron por el rechazo el Frente de Todos, Frente de Izquierda y de los Trabajadores, y Autodeterminación y Libertad.

La medida, además de permitir al TSJ atender apelaciones de fallos dictados por jueces nacionales, autoriza que las audiencias administrativas y judiciales puedan realizarse con una modalidad mixta: presencial y virtual.

La legisladora del Frente de Todos Claudia Neira advirtió que «están creando un pantano judicial para que se hunda la causa del Correo Argentino».

Por su parte, la kirchnerista Lucía Cámpora afirmó que es «gravísimo lo que se acaba de votar en la Legislatura», y remarcó: «¿La Legislatura regulando el funcionamiento de la Justicia Nacional? Tan delirante como querer designar jueces nacionales en la Legislatura. Lo que intentan es legalizar algo que en los hechos el TSJ ya hace, que es agarrarse las causas nacionales», indicó.

El proyecto aprobado establece que el Superior Tribunal de Justicia de la Ciudad intervendrá como máximo tribunal de apelación de las causas civiles, laborales, comerciales, incluso penales, que tramitan ante la justicia nacional con sede en la ciudad de Buenos Aires. De esta forma, en caso de que un juez comercial dicte un fallo, lo revisaría la Cámara Comercial y el tribunal superior en lugar de ser la Corte Suprema de Justicia, debería ser, primero, el Superior Tribunal de Justicia de la Ciudad.

LA CORRIENTE «7 DE JULIO» ADVIRTIÓ

Con fecha 23 de septiembre, la Corriente de Abogados Laboralistas que preside el Dr. Gustavo Ciampa alertaba acerca de la incorporación «intempestiva» por parte del bloque de Juntos por el Cambio en la Legislatura porteña, a «un simple proyecto de ley que trataba la digitalización del Poder Judicial de la CABA, de una reforma que pretende darle al Tribunal Superior de Justicia de la CABA el poder de revisar las sentencias de la Justicia Nacional». Que finalmente es lo que terminaron convirtiendo en ley este ultimo día del mes de septiembre.

A criterio de la C7J «el objetivo inmediato del proyecto es intervenir para revertir la quiebra de la sociedad del Grupo Macri que fue concesionaria del Correo Argentino, y evitar la extensión a las demás empresas del grupo», denunciaron el frente de abogados laboralistas que desde que Macri subió al poder viene librando más que nunca una lucha desigual con el poder de la patronal hegemónica que antes de dejar el gobierno blindó la Justicia en la Argentina.

Pero esta maniobra del Bloque de Juntos para el Cambio, consideraron los letrados que defienden a los trabajadores, «tiene un objetivo mas estratégico, en tanto al pretender convertir a un tribunal local -cuya mayoría fue designada a dedo por Macri y Rodriguez Larreta- en superior de los tribunales nacionales, abre el camino para revisar los fallos de todos los fueros de la Justicia Nacional que afecten a los grandes grupos económicos y, especialmente, para desarticular a la Justicia Nacional del Trabajo y dejar sin efecto los fallos de ésta que reconozcan derechos a los/as trabajadores/as», denunciaron.

Y agregaron: «La intención ya expresada por Larreta y Lousteau de que los trabajadores/as no tengan protección contra el despido arbitrario -y con el despido libre para las empresas los trabajadores/as pierden todos sus derechos- encuentra un camino alternativo en este proyecto: si mantienen derechos y la Justicia Nacional del Trabajo se los reconoce, la intervención posterior del Tribunal Superior de la CABA se los desconocerá».

Finalmente, la Corriente 7 de Julio hizo hincapié en que «la legislatura de la CABA está constitucionalmente impedida de legislar sobre las competencias y estructura de la Justicia Nacional, cuya regulación es resorte exclusivo del Congreso de la Nación. La pretensión del gobierno de la CABA es de suma gravedad institucional», señalando que arbitrarían «todos los medios legales y políticos a su alcance para repeler este nuevo ataque a las instituciones y a los derechos de los/as trabajadores/as».

FUENTE: Comunicado de la CORRIENTE DE ABOGADOS LABORALISTAS «7 DE JULIO» + Cable de la Agencia de NOTICIAS ARGENTINAS + Resolución de la CÁMARA NACIONAL DE APELACIONES Nº 19 del Trabajo del PODER JUDICIAL DE LA NACIÓN

CRÉDITO IMAGEN: FERTONANI NEXUS CONTENIDO